Vol. 7 Núm. 15 Suplemento CICA Multidisciplinario

Enero – junio 2023

ARTÌCULO DE REVISIÓN TEÓRICA

ANALISIS JURÍDICO DE LA SECTORIZACION DOCENTE DEL MAGISTERIO ECUATORIANO EN RELACION A SUS DERECHOS LABORALES


LEGAL ANALYSIS OF THE TEACHING SECTORIZATION OF THE ECUADORIAN TEACHERS IN RELATION TO THEIR LABOR RIGHTS


ANÁLISE JURÍDICA DA SETORIZAÇÃO DOCENTE DOS PROFESSORES EQUADORIANOS EM RELAÇÃO A SEUS DIREITOS TRABALHISTAS


AUTORES

Wilter Universy Romero Intriago1 Autor de correspondencia ab.wilter-romero@hotmail.com

Universidad Tecnológica Indoamérica - Ecuador

Clara Daniela Romero Romero2 email: clararomero@uti.edu.ec

Universidad Tecnológica Indoamérica - Ecuador

Recibido: 14 diciembre 2022 Aceptado: 8 de abril 2023 Publicado: 25 junio 2023



RESUMEN

La Sectorización Docente, es un derecho laboral adquirido que se implementó en el sistema jurídico del Reglamento de la Ley Orgánica de Educación Intercultural, para garantizar el acceso a la reubicación, para el Magisterio Ecuatoriano previo al cumplimiento de requisitos, prioridades, disponibilidad de vacantes, perfil profesional, especialidad del nombramiento definitivo, nivel educacional, experiencia docente y orden de prioridades considerados por el Ministerio de Educación. El Ministerio de Educación en su Reglamento de la Ley Orgánica de Educación Intercultural (RLOEI), presenta múltiples vacíos legales y negligencia en la interpretación de las normativas por parte de los funcionarios administrativos de los Distritos y Zonales de Educación, donde se evidencian frecuentes irregularidades difundidas públicamente por el Magisterio Ecuatoriano, denunciando los delitos de corrupción política, tráfico de influencias y coimas; vulnerando el derecho laboral de la Sectorización Docente. Este presente artículo investigativo, pretende revisar la legislación educativa nacional, determinando los alcances de defensa y protección jurídica en función a los Derechos Laborales en la Sectorización Docente del Magisterio Ecuatoriano, enfocado en el sistema y relaciones laborales mediante una investigación de tipo documental, bibliográfica, histórica, lógica, inductiva y deductiva, con el propósito de efectuar un preciso análisis legal, crítico y reflexivo sobre dichas problemáticas actuales.

PALABRAS CLAVES: Derechos laborales, sectorización docente, magisterio ecuatoriano, vulneración y legislación.

ABSTRACT

Teaching sectorization is an acquired labor law that was implemented in the legal system of the Regulation of the Organic Law of Intercultural Education in order to guarantee access to relocation of Ecuadorian teachers who have met previous requirements, identified priorities, available vacant posts, right professional profile, same career as the available permanent designation, educational level asked, teaching experience and order of priorities according to the Ministry of Education. The Ministry of Education, in its Regulation of the Organic Law of Intercultural Education (OLIE), presents multiple legal vacuums and negligence in the interpretation of valid legal regulations by the administrative officials of the school districts and zonal education departments, in which are evident some frequent irregularities publicly broadcasted by the Ecuadorian Ministry of Education that denounce the crimes of political corruption, influence peddling and bribery which violate the labor law of teaching sectorization. This research work aims to review the national educational legislation to determine the scope of defense and legal protection based on Labor Rights in the educational sectorization of the Ecuadorian Ministry of Education teachers focused on the system and labor relations through a documentary, bibliographical, historical, logical, inductive and deductive investigation with the objective of carrying out a precise, critical and reflective legal analysis of these current problems.

KEYWORDS: Labor rights, teaching sectorization, Ecuadorian teachers, infringement and legislation.

RESUMO

A Setorização Docente, é um direito trabalhista adquirido que foi implementado no ordenamento jurídico do Regulamento da Lei Orgânica da Educação Intercultural, para garantir o acesso à recolocação, para o Ensino Equatoriano antes do cumprimento de requisitos, prioridades, disponibilidade de vagas, perfil profissional, especialidade da nomeação definitiva, nível educacional, experiência docente e ordem de prioridades considerada pelo Ministério da Educação. O Ministério da Educação no seu Regulamento da Lei Orgânica da Educação Intercultural (RLOEI), apresenta múltiplas lacunas legais e negligência na interpretação dos regulamentos por parte dos funcionários administrativos dos Distritos e Zonas de Educação, onde se evidenciam frequentes irregularidades. o Magistério equatoriano, denunciando os crimes de corrupção política, tráfico de influência e suborno; violar a legislação trabalhista da Setorização do Ensino. Este presente artigo investigativo tem como objetivo revisar a legislação educacional nacional, determinando o alcance da defesa e proteção legal com base nos Direitos Trabalhistas na Setorização Docente dos Professores Equatorianos, com foco no sistema e nas relações de trabalho por meio documental, bibliográfico, histórico, lógico, indutivo e dedutivo, com o objetivo de realizar uma análise jurídica precisa, crítica e reflexiva desses problemas atuais.

PALAVRAS-CHAVE: Direitos trabalhistas, setorização de professores, professores equatorianos. violação e legislação

INTRODUCCIÓN

La presente investigación desarrolla un estudio sobre los Derechos Laborales en la Sectorización Docente del Magisterio Nacional y la errada interpretación de la normativa jurídica del MINEDUC Ministerio de Educación en las actuales reformas del Reglamento de la Ley Orgánica de Educación e Interculturalidad RLOEI.

Desde el 2008, el Ministerio de Educación crea los concursos de méritos y oposición mediante el programa “Quiero Ser Maestro”, para los aspirantes a maestros fiscales, en calidad de elegibles o ganadores, con la finalidad de obtener un nombramiento definitivo, provisional u ocasional, no obstante; las jubilaciones masivas provocaron desdoblamiento de partidas, precarización, inestabilidad laboral, destierro de docentes a destinos lejanos de sus casas, separados de su familia, situaciones que transgreden los derechos constitucionales del profesorado (Quishpe, 2019).

La sectorización docente es un derecho laboral que atiende solicitudes de traslados docentes a instituciones educativas más cercanas a su lugar de residencia y familia; actualmente funciona como permuta, obligatoriamente el intercambio procede entre dos docentes con nombramiento definitivo, mismo perfil profesional, especialidad y tiempo de servicio (Moreira, 2013).

La metodología de esta investigación científica aplica lo dialéctico, inductivo y deductivo en los antecedentes y marco educativo jurídico relacionados con la vulneración de derechos laborales de los docentes del Magisterio Ecuatoriano en la Sectorización Docente; los resultados observados mediante la encuesta electrónica a 150 maestros rurales no beneficiarios de la Sectorización Docente a nivel nacional, apoyo del material bibliográfico documental, datos estadísticos relevantes que sustentan los hechos evidenciados en la muestra poblacional (Arias, 2018).

La vulneración de derechos laborales en la Sectorización Docente, es causada por la mala praxis jurídica gubernamental, los resultados obtenidos en las encuestas del último censo docente 2022, revelan que el 75% del Magisterio Ecuatoriano, tiene más de 5 años aplicando la sectorización docente, sin resultados favorables, la mayoría pertenece al profesorado rural, quienes no son reubicados desde el terremoto del 16 de Abril del 2016, en las provincias más afectadas del desastre natural, como es el caso de los maestros fiscales manabitas y esmeraldeños (Ortíz, 2017).

El objetivo de la presente investigación es efectuar un análisis jurídico sobre los mecanismos legales de la Sectorización Docente, determinando irregularidades administrativas que vulneran los derechos laborales sin sustento reglamentario de la LOEI, a pesar que los docentes si cumplen con todos los requisitos de ley, los funcionarios distritales y zonales de educación, subestiman las solicitudes y necesidades del Magisterio Ecuatoriano con la excusa “no aplica”, “existen otras prioridades”, “no hay vacantes”, “siga intentando”, sin embargo; por la vía ilícita todo es posible a un alto costo, evidenciados en reconocidos casos de corrupción y tráfico de influencias.

Desarrollo

Reseña de la contratación laboral en el magisterio nacional

Magisterio Nacional

Valle (2019), en el periódico regional independiente Los Andes, el 4 de Agosto de 1944 en la ciudad de Quito, conmemora la creación del Magistero Nacional mediante la mayor sindicalización de profesores ecuatorianos públicos, privados, fiscomisionales y municipales denominada Unión Nacional de Educadores (UNE), convirtiéndose en un influyente grupo de presión política en la protección y defensa de los derechos laborales de los docentes.

El Magisterio Nacional cuenta con 217.351 docentes a nivel nacional, distribuidos en el Régimen Costa, Sierra, Amazonía y Galápagos; del sector público, privado y mixto; según los registros administrativos del MINEDUC (Ministerio de Educación), MIES (Ministerio e Inclusión Económica y Social) e INEC (Instituto Nacional de Estadísticas y Censos) emitidos en la Rendición de Cuentas Institucionales del año 2021 (Nadales, 2022).

Gremios Docentes

Los gremios docentes legalmente reconocidos constituyen las vías alternas para resolución de conflictos, se adhieren a la UNE (Unión Nacional de Educadores) con el objetivo de luchar por la defensa y protección de los derechos laborales y constitucionales del Magisterio Ecuatoriano mediante negociaciones previstas en las mesas de trabajo con el MINEDUC, respetando la democracia, diversidad de pensamiento y estrategias de cada grupo (Martín, 2012).

Los gremios docentes presentes por más de una década, confirmados por (Tubay, 2022) son:

APE (Asociación de Profesionales de la Educación), ADEPROFE (Asociación de Educadores y Profesionales del Ecuador), FENAME (Federación Nacional de Maestros), Fundación Dr. Leonidas García - Asociación de Educadores), FUTE (Federación Unionista de Trabajadores de la Educación), Frente de Maestros 13 de Abril, Frente nacional del magisterio por el cambio, MPPE Movimiento Político Poder y Educación, RED (Red de Educadores del Ecuador), OESU (Observatorio Educativo Secundario y Universitario), OSDE (Organización Social de Docentes del Ecuador), UNE (Unión Nacional de Educadores), MICE (Magisterio por la integración de la comunidad educativa).

Red de maestros por la revolución educativa

Docentes fiscales, fiscomisionales y municipales

En el Ecuador, de acuerdo con las políticas gubernamentales del (MINEDUC, 2022), los docentes del sector público trabajan en instituciones educativas fiscales, fiscomisionales y municipales, se encuentran escalafonados en 10 categorías salariales en función de la formación profesional y experiencia docente desde J hasta A. Están regulados por la LOSEP (Ley Orgánica del Servidor Público) y LOEI (Ley Orgánica de Educación Intercultural).

Los docentes particulares del nivel básica elemental, media, superior y bachillerato son considerados empleados del Código de Trabajo, sus remuneraciones dependen de las políticas propias de cada institución educativa donde presten sus servicios profesionales.

Normativa para la contratación RLOEI

El sistema de contratación laboral del Magisterio Ecuatoriano está regulado por la LOSEP (Ley Orgánica del Servicio Público), según el Art. 17. “Nombramientos Permanentes se expiden cubrir vacantes mediante sistemas de selección previstos en la Ley” (LOSEP, 2020).

Nombramiento definitivo

De acuerdo al RLOEI (Reglamento de Ley Orgánica de Educación Intercultural), mediante Programas de “Quiero Ser Maestro”, se otorga nombramiento definitivo, a ganadores del concurso de mérito y oposición que posean título de tercer o cuarto nivel en educación acceden a estabilidad laboral y acceso al escalafón docente de carrera profesional docente del Magisterio Ecuatoriano.

Para los docentes ganadores del Programa “Quiero Ser Maestro” con nombramiento definitivo que tengan títulos profesionales en otras áreas técnicas, científicas o humanísticas, tendrán un plazo establecido de tres años, para obtener su título de cuarto nivel en Educación, caso contrario, el nombramiento definitivo queda sin efecto.

Nombramiento provisional

Los nombramientos provisionales se otorgan a docentes ganadores de concurso de mérito y oposición del Programa “Quiero ser Maestro”, a quienes son técnicos/tecnólogos, o profesionales en otras áreas, ellos en un plazo de 6 años deben lograr la licenciatura en educación, mientras los profesionales en otras áreas obtendrán una maestría en docencia, para ser acreedor del nombramiento definitivo, caso contrario será revocado su nombramiento provisional.

En el Ecuador, el Reglamento de Ley Orgánica de Educación Intercultural, manifiesta en su Artículo 288. “En las zonas rurales de difícil acceso con déficit de profesionales” (RLOEI, 2022), los candidatos elegibles en calidad de bachilleres, técnicos o tecnólogos acceden al nombramiento provisional, así como también en aquellos casos donde exista la necesidad educativa institucional.

Los aspirantes continuarán concursando en el Programa de mérito y oposición “Quiero ser Maestro”, para mantener su elegibilidad o ganar; caso contrario, finaliza la relación laboral con la posesión del docente ganador del nombramiento provisional o definitivo en dicha vacante.

Contrato Ocasional

El Art.1 del Acuerdo Ministerial MINEDUC-MINEDUC-2020-00009-A, Art.93 del inciso de la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI); faculta legalmente a la Subsecretaría de Desarrollo Profesional Educativo, para regular las modalidades contratación laboral vinculantes a los docentes del Magisterio Ecuatoriano, estipula los “Lineamientos para el proceso de selección de docentes en las instituciones educativas bajo la figura de nombramientos provisionales y contratos ocasionales a través de la plataforma EDUCA EMPLEO" (MINEDUC, 2021).

Este tipo de nombramientos provisionales gestionados en esta modalidad laboral contractual, corresponde a docentes suplentes de los docentes titulares, por un determinado corto tiempo desde 3 hasta 6 meses, por motivos de: maternidad, licencia médica por discapacidad accidental, quirúrgica o calamidad doméstica.

Los contratos ocasionales docentes serán por el periodo de un año lectivo escolar, sujetos a renovación según las necesidades y vacantes institucionales disponibles, los candidatos constarán en la base de datos, seleccionando el mejor perfil profesional, prioridad entre elegibles, idóneos y no elegibles, ocupando las plazas de docentes jubilados, licencia académica en el exterior, licencia médica extendida o servicios prestados.

Los contratos laborales del Magisterio Ecuatoriano, establecen diferencias de los derechos laborales, como, por ejemplo, los nombramientos definitivos tienen acceso a remuneración escalafonada, estabilidad laboral, sectorización docente, ascenso y recategorización, las similitudes entre los nombramientos definitivos, provisionales y contratos ocasionales son: carga horaria laboral y formación docente contínua.

Derechos laborales para los docentes del magisterio nacional

Salud ocupacional docente

El Estado garantizará la Salud Ocupacional Docente con el fin de lograr que todas las instituciones educativas cumplan los requerimientos legales en un ambiente laboral adecuado (Sánchez, 2018).

El Estado reconoce y garantiza en el Artículo 66. “El derecho a la libre contratación, libertad de trabajo, movilidad laboral, vida digna, buen vivir en un ambiente sano, armónico, integridad física, psíquica, moral, sexual, intimidad personal y familiar” (CRE, 2021).

Son derechos constitucionales irrenunciables los establecidos en el Artículo 69. “Protección de los derechos y oportunidades de los miembros de la familia como núcleo fundamental de la sociedad, a las madres, padres y a quienes sean jefas y jefes de familia, en el ejercicio de sus obligaciones, y prestará especial atención a las familias disgregadas por cualquier causa” (CRE, 2021).

El Estado prestará especial protección y atención prioritaria las personas de grupos vulnerables, estipulados en el Art 35. “Adultos mayores, niños, niñas, adolescentes, discapacitados, enfermos catastróficos, embarazadas de alta complejidad, personas en situación de riesgo, en zonas de desastres naturales o antropogénicos, víctimas de violencia sexual, doméstica y maltrato infantil, especialmente quienes padecen de doble vulnerabilidad (CRE, 2021).

Sectorización docente

El artículo 10 de la Ley Orgánica de Educación Intercultural establece los derechos de los docentes. “Es una muestra de tanto sacrificio, y sobre todo porque cada obra y actividad que realizan constantemente merecen ser reconocidas” (Quelal, 2021).

Sectorización docente general

La sectorización general se aplica cada año, en la Región Costa y Galápagos se apertura de Marzo-Abril, mientras en la Región Sierra y Oriente entre Julio-Agosto, se basa en un cronograma de actividades: inscripción, postulación, resultados, apelación y declaración de beneficiarios.

Sectorización docente 1 a 1

La sectorización docente 1 a 1, se aplica cada mes a nivel nacional, directamente se postula a las vacantes disponibles, y en 72 días laborables, se obtienen los resultados, frecuentemente negativos, porque no se cumple con un perfil docente clonado que compartan el mismo interés en común.



Remuneraciones docentes

La implementación del nuevo escalafón docente publicado en el Registro Oficial con las reformas a los artículos 113 y 115 de la LOEI sobre la tabla salarial vigente desde el 28 de octubre de 2022. Los docentes con contratos ocasionales y nombramientos provisionales percibirán USD 817,00.

Los artículos 79 y 80 del Código del Trabajo ecuatoriano establecen el principio de “igual trabajo – igual remuneración”, sin distinciones de otra índole, la especialización y práctica en la ejecución del trabajo, se tendrán en cuenta para efectos de la remuneración, sin embargo; no se cumple; puesto que; todos los docentes realizan el mismo trabajo, pero solo aquellos profesionales en ciencias de la educación en tercer o cuarto nivel con experiencia docente si cuenta con un nombramiento provisional o definitivo ganado mediante concurso de mérito y oposición, tienen acceso al derecho laboral de ascenso y recategorización en el escalafón docente.

Explotación y acoso laboral

La nueva Reforma Publicada en el Registro Oficial de la Ley Orgánica de Educación Intercultural (RLOEI) actualmente en el Art. 117, establece una jornada laboral de 6 horas diarias reloj dentro de la institución educativa y 2 horas reloj dentro o fuera del plantel, según las necesidades institucionales 3 días a la semana, haciendo refuerzos pedagógicos, atención de padres de familia y reuniones docentes con directivos, por lo tanto, en lugar de reducirse la labor docente, se incrementó la carga horaria pedagógica y administrativa.

El MINEDUC remotamente mantiene trabajando diariamente aproximadamente 6 horas en casa, cumpliendo con cursos de formación contínua, planificaciones, adaptaciones curriculares de clases, informes de desempeño y comportamiento escolar del alumnado, revisión, calificación de tareas y evaluaciones, registro de notas y asistencias en el sistema informático, impresión de citaciones, justificaciones, comunicados, atención a la comunidad educativa por medios digitales, apoyo, seguimiento y visitas domiciliarias a las familias de los estudiantes en situaciones de vulnerabilidad junto con el DECE (Departamento de Evaluación y Consejería Estudiantil).

Todos procesos, diligencias y movilizaciones a lugares distantes al plantel o domicilio del docente, las visitas a los alumnos pasantes en las empresas dentro y fuera de la urbe a cargo de los docentes técnicos son efectuados en jornada laboral extracurricular, incluso fines de semana, los maestros están obligados a cubrir todos los gastos de su trabajo, viáticos, telefonía, internet, mantenimiento, reparación de equipos de cómputo y horas extras que no están compensadas en los sueldos docentes congelados desde hace 14 años, no se incrementan, ni revaloriza el profesionalismo de cuarto nivel en docencia y pedagogía exigido por el MINEDUC como un requisito indispensable para garantizar la permanencia en el puesto de trabajo, sometiendo a una sobre explotación laboral.

Vulneración de los derechos laborales para los docentes del Magisterio Ecuatoriano

La “vulneración de derechos” corresponde la transgresión a los derechos establecidos legalmente, la cual puede ser constitutiva de delito o no, dependiendo de nuestra legislación (Bajaña, 2020).

La sectorización docente vulnera los derechos laborales y constitucionales del Magisterio Ecuatoriano, por cuanto, no se defienden y no se protegen las garantías de una vida digna, convivencia familiar armónica, buen vivir saludable y la falta de atención prioritaria especializada a los casos de vulnerabilidad, donde los maestros desplazados de sus lugares de residencia hacia sitios de trabajo en zonas rurales, llevan más de 5 años litigando con el proceso por vía administrativa y jurídica, causando daños y perjuicios personales, laborales, familiares, sociales y económicos, puesto que se han visto inmersos en constantes quejas, reclamos y denuncias públicas formales en las entidades distritales, zonales, secretarias y MINEDUC de forma física – virtual, en los medios de comunicación, y manifestaciones de los distintos gremios sindicalistas docentes.



Asignación de vacantes por prioridades

Las vacantes prioritarias casi nunca están disponibles, mientras en las instituciones educativas si existe la necesidad de docentes, en el sistema de sectorización no constan declaradas las partidas definitivas, siempre son designados a las partidas provisionales u ocasionales de Educa Empleo. Tener trabajo, no significa progreso cuando el empleado se encuentra desubicado (Bishop, 2020).

Prioridades para la integración familiar

Las prioridades para la integración familiar contemplan quienes vivan en zonas más distantes entre la residencia familiar y el lugar de trabajo, efectuándose una sectorización centralizada en la zona urbana, excluyendo a los docentes de la zona rural, víctimas desplazadas por desastres naturales, no obstante; el Estado crea la desintegración familiar, producido por un divorcio o separación que impide a los hijos ver a sus figuras maternas y/o paternas de referencia (Rodriguez, 2021).

Prioridad de tiempo de funciones

La prioridad de tiempo de funciones beneficia a docentes fiscales que tienen más de 20 años de servicios, especialmente quienes están en proceso de jubilación, una buena administración del tiempo de servicio no significa “la cantidad de tiempo”, sino más bien “La calidad del trabajo en el desempeño laboral durante un tiempo junto con los logros laborales” (Pérez, 2022, p.122).

DISCUSIÓN

La discusión del presente estudio investigativo es de carácter legal, ético y humanista, mediante juicio crítico de las normativas jurídicas y laborales, debido a los daños y perjuicios por la vulneración de derechos laborales al Magisterio Nacional en la sectorización docente.

El proceso de sectorización docente da la oportunidad a los maestros del Magisterio Nacional de laborar más cerca del lugar donde viven, mediante el traslado, ahorrándose tiempo en su trayecto diario al lugar de labores, dinero, movilización y mejorando su calidad de vida (MINEDUC, 2022).

La Constitución de la República, en su artículo 33 establece que: "El trabajo es un derecho y un deber social, fuente de realización personal y económica. El Estado garantizará a las personas trabajadoras el pleno respeto a su dignidad, una vida decorosa, remuneraciones, retribuciones justas y desempeño laboral saludable, libremente escogido o aceptado"

La vulneración de derechos laborales en la Sectorización Docente, se fundamenta en que los maestros no cuentan un desempeño trabajo saludable, puesto que; no es voluntariamente escogido o aceptado por docentes desplazados y obligados debido a los desastres naturales en el país y emergencia sanitaria mundial, desde entonces el magisterio carece de remuneraciones justas, especialmente los maestros rurales e insulares desplazados, al contrario, el Estado redujo al 6% el presupuesto destinado a la educación por motivos “austeridad nacional”.

Últimamente las manifestaciones, huelgas de hambre, paralizaciones y cierre de vías terrestres por los gremios sindicales docentes en defensa y protección de los derechos al alza salarial, bono jubilar y reducción de carga de trabajo atentan contra la vida decorosa del Magisterio Ecuatoriano.

El Magisterio Ecuatoriano es víctima de la vulneración de derechos laborales en la Sectorización Docente, causada por la deficiente política y administración pública en los procesos sistemáticos, puesto que; cada vez existen más maestros postulantes y menos maestros favorecidos; en teoría no hay disponibilidad de vacantes, pero en la práctica las estadísticas revelan el alto número de maestros jubilados y necesidades institucionales en aulas de clases que carecen de profesorado.

El Convenio 111 de la Organización Internacional del Trabajo, ratificado en Ecuador, señala sobre la discriminación en el empleo y ocupación, “igual trabajo – igual remuneración”, sin embargo; los maestros rurales e insulares desplazados son obligados a cubrir una carga laboral más extensa, debido al profesorado jubilado, sin derecho de un pago extra.

El Instrumento Andino de Seguridad y Salud Ocupacional, suplemento 461, Art 11 dispone, en todo lugar de trabajo se tomarán medidas preventivas de riesgos laborales, psicosociales junto con la responsabilidad social y empresarial, según las capacidades de los empleados en su profesión. Los maestros desplazados están obligados a trabajar como educadores especiales, a pesar de no serlo; tienen que enseñar a alumnos con necesidades educativas especiales y discapacidades físicas, psicológica y dificultades de aprendizaje: sordos mudos, ceguera, autismo, asperger, síndrome de down, dislexia, disgrafia, discalculia, disforia, trastorno de hiperactividad, entre otros, los docentes duplican su jornada laboral en salones numerosos entre 45 y 50 alumnos en aulas prefabricadas reducidas y calurosas, en un espacio de 30 metros cuadrados, aumentando los niveles de estrés, causando la enfermedad laboral del síndrome de burnout (trabajador quemado).

El Magisterio Ecuatoriano sufre daños y perjuicios en la salud ocupacional docente en aspectos físico, emocional, familiar, laboral y económico; presentan muchas enfermedades de todo tipo las cuáles no son tratadas por el Hospital del IESS, el síndrome de burnout (estrés laboral por el exceso de trabajo) ha causado muertes súbditas por estrés, ansiedad y depresión, el desempeño laboral docente es irregular, el gasto de dinero con relación al sueldo no alcanza para satisfacer las necesidades básicas de alimentación, vivienda, salud y servicios básicos, son tendencia los divorcios debido a la separación e infidelidad en las familias, hijos menores de edad al cuidado de terceros, expuestos al peligro y muchos problemas en hogares disfuncionales.

Actualmente; ya no se muestran ofertas de sectorización según la carga horaria del docente, sino basándose en su perfil profesional y la ubicación geográfica, aparentemente proporcionan mayores oportunidades a elegir en el proceso regulado por un cronograma anual mediante el CAS, sistema de información desarrollado por el Ministerio de Educación

La política normativa educativa RLOEI es divergente al funcionar como un sistema de permutas, requiere de un “docente gemelo” para poder aplicar legalmente la sectorización, que cuente con el mismo perfil profesional, especialidad, años de servicio y nombramiento definitivo. La pésima Plataforma CAS dificulta las inscripciones y postulaciones a las vacantes. La asignación de vacantes en la Sectorización Docente General actualmente prioriza el tiempo de servicio educativo, distancia de su residencia familiar, edad y ruralidad docente, ya no se considera la vulnerabilidad, solo en procesos de traslados por bienestar social docente del distrito de educación y zonales.

Legalmente los docentes con nombramientos definitivos por ser ganadores de concurso de mérito y oposición tienen prioridad en la sectorización docente, sin embargo; el Ministerio de Educación otorga este beneficio a los postulantes del programa “Educa Empleo”, quienes tienen que laborar mediante contratos ocasionales o nombramientos provisionales.

La problemática de la vulneración de derechos en el Magisterio Nacional; los maestros han sido víctimas de la constante corrupción en los procesos de sectorización docente, existen múltiples denuncias en el portal Web del Ministerio de Educación sobre funcionarios en los distritos y zonales quienes exigen coimas a cambio de efectuar la sectorización o traslado docente, con precios desde $3000 a $5000 dependiendo la zona, motivos por los cuales han sido despedidos o reubicados en otros cargos públicos y siguen ilícitamente en el círculo vicioso de la corrupción.

Cabe recalcar, la importancia de tener el conocimiento, interpretación y aplicación de las leyes que garantizan el buen vivir requeridas en el ser humano para una vida digna y defensa frente al abuso de poderes de las autoridades públicas y tráfico de influencias de la corrupción política, que involucran al Estado y vulneran los derechos del Magisterio Ecuatoriano.

El derecho laboral contemplado en la LOSEP, Art. 33, resulta lesivo a los derechos constitucionales de los servidores públicos como: igualdad, equidad, oportunidad y universalidad, no obstante; en los procesos de Sectorización Docente, la centralización de poderes en las principales provincias del Ecuador: Pichincha, Guayas y Azuay, debido al número de vacantes y postulantes disponibles.

Además, existe un trato preferencial para los maestros pertenecientes a la comunidad LGTBI (Lesbianas, Gay, Trans, Bisexual, e Intersex), por motivos discriminatorios del bullying y extranjeros debido a su condición de refugiados, subestimando otros casos de vulnerabilidad como en el caso de maestros con enfermedades catastróficas, discapacitados, madres solteras con hijos menores de edad o padres adultos mayores enfermos o discapacitados a su cargo; sin embargo; este tipo de prioridades no se encuentran establecidas por la ley, por lo tanto, se atenta contra el principio de igualdad de oportunidades.

En la RLOEI (Reglamento de Ley Orgánica de Educación Intercultural), estipula que los requisitos legales para aplicar a la Sectorización Docente son: nombramiento definitivo, 2 años consecutivos en la misma institución educativa, cumplir mínimo 30 horas pedagógicas y administrativas en la carga laboral, no estar inmerso en sumario administrativo y comisión de servicios, resultando favorecidos los postulantes según la disponibilidad de vacantes a nivel nacional.

En los distritos y zonales de educación, los sistemas informáticos y plataformas son manipulables por los funcionarios de la administración pública, en cuánto los maestros detectan ciertas irregularidades, suman más denuncias en el portal web del MINEDUC, que se incrementan cada año, por motivos de fraudes jurídicos administrativos, mientras públicamente se excusan atribuyendo que “son errores del sistema” o “plataforma en mantenimiento”, “siga intentando”, es indignante este tipo de situaciones que lesionan los derechos laborales del Magisterio Ecuatoriano,

Los maestros defienden sus casos particularmente por vía legal, causando daños y perjuicios pecuniarios en honorarios profesionales de Abogados, especies, notarias, viáticos de movilización, desgastando inútilmente dinero, tiempo y trabajo, puesto que; ciertos funcionarios públicos del MINEDUC son de pronta remoción, desconocen las problemáticas jurídicas que afectan significativamente al Magisterio Ecuatoriano, son incapaces de continuar los procesos, solicitando a los maestros que renueven sus trámites archivados miles de casos de corrupción y abuso de poder.

La Constitución de la República, determina que: Los derechos y garantías establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos serán de directa e inmediata aplicación ante cualquier servidora o servidor público, administrativo o judicial, de oficio o a petición de parte. Para el ejercicio de los derechos y las garantías constitucionales no se exigirán condiciones o requisitos que no estén establecidos en la Constitución o la Ley. […] (Constitución de la República del Ecuador, 2008, Art.11 num.3).

Cabe destacar que, el Ministerio de Educación arbitrariamente exige requisitos inconstitucionales, que no constan ni en la LOSEP, ni en la RLOEI, como, por ejemplo: años de servicio, distanciamiento de residencia, hijos menores de 5 años a cargo de terceras personas que vivan y/o estudien lejos del maestro, desestimando a los maestros vulnerables que forman parte del grupo de atención prioritaria, con enfermedades catastróficas o discapacidades personales o familiares.

En el proceso de Sectorización Docente se garantiza:

Es evidente que existe vulneración de los derechos laborales y constitucionales al Magisterio Ecuatoriano en la Sectorización Docente, simplemente es una aparente política de Gobierno que incumple con todos los marcos jurídicos y legales expuestos en este presente trabajo de investigación documentado.

En la mayoría de los casos en donde no aplica la Sectorización Docente, son derivados a Traslados por Bienestar Social de los Distritos o Zonales de Educación, en donde también se evidencian reportes de peculado, donde autoridades distritales solicitan a los maestros el pago de un porcentaje mínimo del 25% del sueldo del maestro, una cantidad aproximada de $200 mensuales durante 2 o 4 años mientras permanezcan en el puesto junto al poder del partido político.

Las autoridades de turno distritales y zonales de educación, en ciertas ocasiones exigen a los maestros un pago efectivo entre $3.000 a $5.000 por concepto de traslado o sectorización docente, aprovechándose de las necesidades del profesorado, endeudándolos con préstamos bancarios para acceder a dichos favores; en muchos casos, disfrazados de estafas, puesto que en cuánto se revelan las verdades de la situación mediante las denuncias en los medios de comunicación oficiales, entonces, simplemente el MINEDUC, presuntamente toma la decisión de despedirlos en teoría mientras en la práctica, resulta que solo son reubicados a otras ciudades o provincias, por lo tanto, continua la corrupción y burocracia.

CONCLUSIONES

La Sectorización Docente en teoría figura como un proceso fácil y rápido, pero en la práctica, funciona como una especie de permuta compleja y extensa, vulnerando así los derechos laborales del Magisterio Ecuatoriano, entre ellos la salud ocupacional, bienestar familiar y dignidad humana en sus distintas dimensiones: física, psicológica, emocional, moral y sexual en el matrimonio, conducentes a convivencias en familias disfuncionales, separaciones y divorcios.

Los derechos laborales en la Sectorización Docente del Magisterio Ecuatoriano, requieren un saneamiento de la política pública, legislaciones locales/nacionales que planteen regulaciones, readaptaciones jurídicas, mecanismos alternativos de prevención, sanción y reparación de los daños y perjuicios a los docentes vulnerables y vulnerados, por la corrupción y tráfico de influencias centralizados, favoreciendo a los grupos políticos privilegiados.

No hay tratamiento en la legislación jurídica educativa ocasionando múltiples manifestaciones, paralizaciones, huelgas de hambre de todos los gremios docentes: UNE, Red de Maestros, Frente 13 de Abril, entre otros, violentando al Magisterio Ecuatoriano con tantas muertes en la impunidad.

En Gobierno Nacional no ha cumplido el acuerdo de ley firmado en el 2016, para la sectorización automática a los docentes manabitas y esmeraldeños damnificados del 16A a su lugar de origen, desterrados por más de 2 años en zonas rurales, para ocupar vacantes de las instituciones educativas réplicas y del milenio, construidas para garantizar el derecho a la estabilidad laboral docente.

Se demuestra que en la sectorización docente en el magisterio ecuatoriano existen inconsistencias, que vulneran los derechos constitucionales y laborales de aquellos que ejercen la noble misión de enseñar a las nuevas generaciones de aprendices. Por tal razón, se debe tomar las medidas necesarias para cambiar dicha realidad de los docentes fiscales.

BIBLIOGRÁFIA


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1 Wilter Universy Romero Intriago Autor de correspondencia ab.wilter-romero@hotmail.com

Maestrante Universidad Tecnológica Indoamérica

2 Clara Daniela Romero Romero email: clararomero@uti.edu.ec Docente Universidad Tecnológica Indoamérica